Calculadora de cesantías

Dos pasos: tu salario y el tiempo trabajado. Verás tus cesantías, sus intereses y hasta cuándo deben consignarlas.

  • Salario mínimo 2026 $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025)
  • Auxilio de transporte $249.095 (Decreto 1470 de 2025)
  • Valores al 4 nov. 2026

Paso 1 de 2

    ¿Cuánto ganas al mes?

    Si varió en los últimos 3 meses o es variable, el promedio del último año.

    ¿Qué año y cuánto trabajaste?

    ¿Trabajaste todo el año?

    Aquí verás lo que te corresponde

    Con tu salario verás tus cesantías, sus intereses y la fecha límite.

    Tus cesantías Responde 2 preguntas

    Las cesantías son una prestación social obligatoria: un mes de salario por cada año trabajado, o la parte proporcional. Se calculan con tu salario más el auxilio de transporte, si te corresponde. Cada año la empresa las consigna en tu fondo antes del 15 de febrero y, si el contrato termina, te las paga a ti.

    Fórmula para liquidar las cesantías

    Cesantías
    (salario + auxilio de transporte) × días trabajados en el año ÷ 360
    Intereses de cesantías
    cesantías × días trabajados en el año × 12 % ÷ 360

    Se cuenta con un año de 360 días y meses de 30. Los intereses son un pago aparte, que te hace la empresa a ti: calcúlalos con detalle en la calculadora de intereses de cesantías.

    ¿Qué salario se usa para las cesantías?

    El último salario mensual, si no cambió en los tres últimos meses. Si cambió o es variable, el promedio de lo que ganaste en el último año o en todo el tiempo trabajado si fue menos (art. 253 CST). Si ganas hasta dos salarios mínimos ($3.501.810 en 2026), se suma el auxilio de transporte o de conectividad. Con salario integral no hay cesantías, porque ya van incluidas (art. 132 CST).

    ¿Cuándo se consignan y qué pasa si no lo hacen?

    La empresa debe consignarlas en el fondo que elijas antes del 15 de febrero del año siguiente. Si se pasa, debe un día de salario por cada día de retraso (Ley 50 de 1990, art. 99). Comprueba en tu fondo que estén y, si no, reclama por escrito. Tienes todas las fechas en cuándo se pagan las cesantías.

    Desde la reforma laboral de 2025, la empresa puede consignar cada mes en tu fondo el 8,33 % de tu salario más el auxilio, como consignación anticipada. No es un pago parcial: solo accedes a ese dinero en los casos que fija la ley o al terminar el contrato (Ley 50 de 1990, art. 99, parágrafo 1, añadido por la Ley 2466 de 2025, art. 64).

    Si la empresa prueba que te pagó las cesantías directamente, ese pago salda la obligación y no hay sanción por no consignar, salvo que se demuestre que no fue un pago libre y que no se usó en los fines que permite la ley. Aun así, la afiliación a un fondo es obligatoria (Ley 2466 de 2025, art. 15, parágrafo 4).

    ¿Cuándo puedes retirar tus cesantías?

    • Al terminar el contrato: el fondo debe entregártelas en los 5 días siguientes a tu solicitud (Ley 50 de 1990, art. 102).
    • Durante el contrato: en los casos que autoriza la ley, como vivienda y educación. Lo tramitas con tu fondo, que te pedirá los soportes.

    Ejemplos de cesantías resueltos

    Un año completo con el salario mínimo de 2026

    Salario más auxilio de transporte, por todo el año. ($1.750.905 + $249.095) × 360 ÷ 360 = $2.000.000. Intereses aparte: $240.000.

    Empezaste el 1 de julio con el salario mínimo

    Seis meses: la mitad. ($1.750.905 + $249.095) × 180 ÷ 360 = $1.000.000. Intereses aparte: $60.000.

    Renuncias el 30 de septiembre ganando $4.000.000

    Sin auxilio de transporte, por 270 días. Te las pagan con la liquidación. $4.000.000 × 270 ÷ 360 = $3.000.000. Intereses aparte: $270.000.

    Preguntas frecuentes sobre las cesantías

    ¿Cómo se liquidan las cesantías?

    Multiplica tu salario mensual, con el auxilio de transporte si te corresponde, por los días trabajados en el año, y divide entre 360. Un año completo equivale a un mes de salario (art. 249 del Código Sustantivo del Trabajo).

    ¿Cuándo consignan las cesantías?

    La empresa debe consignarlas en tu fondo antes del 15 de febrero del año siguiente. Si se pasa, debe un día de salario por cada día de retraso (Ley 50 de 1990, art. 99).

    ¿Para qué puedo retirar mis cesantías?

    Cuando termina el contrato, y durante el contrato en los casos que autoriza la ley, como vivienda o educación (Ley 50 de 1990, art. 102). Lo tramitas con tu fondo.

    ¿Las cesantías y los intereses son lo mismo?

    No. Las cesantías van a tu fondo y son un mes de salario por año. Los intereses son el 12 % anual sobre esas cesantías y te los paga la empresa directamente, a más tardar el 31 de enero.

    ¿Puedo perder las cesantías?

    Solo en casos graves de despido: un delito contra la empresa, un daño grave e intencional o revelar secretos con perjuicio grave. La empresa puede retenerlas hasta que decida un juez (art. 250 del Código Sustantivo del Trabajo).

    Fuentes