Los intereses de cesantías te los paga la empresa a más tardar el 31 de enero, y las cesantías las consigna en tu fondo antes del 15 de febrero. Si tu contrato termina antes, las dos cosas te las pagan a ti con la liquidación.
Fechas de pago de las cesantías e intereses en 2027
| Qué | Hasta cuándo | A dónde va |
|---|---|---|
| Intereses de cesantías de 2026Ley 52 de 1975 | domingo 31 de enero | A ti, directamente |
| Cesantías de 2026Ley 50 de 1990, art. 99 | domingo 14 de febrero | A tu fondo de cesantías |
| Si el contrato termina durante el año | Al terminar | A ti, con la liquidación |
Con el salario mínimo de 2026 y el año completo, serían $2.000.000 de cesantías y $240.000 de intereses. Calcula tu caso con la calculadora de cesantías o la calculadora de intereses de cesantías.
¿A quién le llega cada pago?
- Los intereses, a ti. Los paga tu empresa en dinero, en la nómina o por aparte. Si acordaron por escrito el pago mensual (Ley 2466 de 2025), ya los has ido recibiendo.
- Las cesantías, a tu fondo (Porvenir, Protección, Colfondos, Skandia o el Fondo Nacional del Ahorro). No llegan a tu cuenta: las retiras cuando termina el contrato o en los casos que autoriza la ley, como vivienda y educación.
¿Qué pasa si el plazo cae en fin de semana?
En 2027, un plazo vence el domingo 31 de enero. El último día hábil anterior es el viernes 29 de enero.
En 2027, un plazo vence el domingo 14 de febrero. El último día hábil anterior es el viernes 12 de febrero.
Como son fechas máximas, lo prudente es que la empresa pague antes. Revisa tu cuenta y tu fondo en esos días y, si pasado el plazo no ha llegado, pide una explicación por escrito.
¿Qué hago si no me pagan a tiempo?
- Intereses sin pagar: la empresa te debe además otro tanto igual, por una sola vez (Ley 52 de 1975, art. 1).
- Cesantías sin consignar: debe un día de salario por cada día de retraso (Ley 50 de 1990, art. 99).
- Revisa tu nómina de enero y entra a tu fondo para ver si las cesantías están.
- Pide el pago por escrito y guarda la copia con la fecha de recibido.
- Si no responden, pide una conciliación gratuita en la inspección del trabajo de tu ciudad.
- Si no hay acuerdo, puedes demandar ante un juez laboral. Tienes tres años desde que debían pagarte (art. 488 CST).
Preguntas frecuentes sobre las fechas de las cesantías
¿Cuándo pagan los intereses de las cesantías en 2027?
A más tardar el 31 de enero de 2027, que cae domingo. Los paga la empresa directamente a ti, no el fondo (Ley 52 de 1975).
¿Cuándo consignan las cesantías en 2027?
Antes del 15 de febrero de 2027: el último día es el domingo 14 de febrero. La empresa las consigna en tu fondo, no te las paga a ti (Ley 50 de 1990, art. 99).
¿Me pagan las cesantías en mi cuenta?
Por regla general, no: van a tu fondo de cesantías, y las retiras cuando termina el contrato o para vivienda y educación. Si tu contrato terminó durante el año, las de ese año te las paga la empresa con la liquidación.
¿Qué pasa si no consignan mis cesantías a tiempo?
La empresa debe un día de salario por cada día de retraso (Ley 50 de 1990, art. 99). Comprueba en tu fondo que estén y, si no, reclama por escrito y pide una conciliación en la inspección del trabajo.
¿Qué pasa si no me pagan los intereses a tiempo?
La empresa te debe además una indemnización igual a los intereses que no pagó, por una sola vez: el doble en total (Ley 52 de 1975, art. 1).
Fuentes
- Ley 50 de 1990, arts. 99 y 102 (Función Pública).
- Ley 2466 de 2025, art. 64: pago mensual de los intereses.
- Código Sustantivo del Trabajo, arts. 249 y 488.
- Ley 52 de 1975, art. 1: intereses sobre cesantías.