Qué normas aplicamos
| Concepto | Norma |
|---|---|
| Cesantías | Arts. 249 y 253 del Código Sustantivo del Trabajo (CST); Ley 50 de 1990, art. 99 |
| Intereses de cesantías | Ley 52 de 1975, art. 1; Decreto 116 de 1976; Ley 50 de 1990, art. 99, parágrafo 2 (pago mensual pactado) |
| Prima de servicios | Arts. 306 y 307 CST (Ley 1788 de 2016) |
| Vacaciones | Arts. 186 y 192 CST; Ley 995 de 2005 |
| Indemnización por despido | Art. 64 CST (Ley 789 de 2002) |
| Auxilio de transporte | Ley 1 de 1963, art. 7, y el decreto de cada año; Ley 1221 de 2008, art. 6A (auxilio de conectividad) |
| Horas extras y recargos | Arts. 160, 161, 168 y 179 CST; Ley 2101 de 2021; Ley 2466 de 2025 |
| Descuentos de la nómina | Ley 100 de 1993, arts. 18, 20 y 204; Ley 797 de 2003, arts. 7 y 8 |
| Tipo de contrato | Arts. 46 y 47 CST (Ley 2466 de 2025, arts. 5 y 6) |
Contrastamos cada norma con su fuente oficial (la base de datos de la Secretaría General del Senado y el Gestor Normativo de Función Pública) antes de convertirla en una fórmula, y citamos el artículo en cada resultado.
Cómo contamos los días
Usamos el año comercial de 360 días que se aplica en la liquidación de prestaciones: todos los meses cuentan 30 días, también febrero, y el último día de cada mes cuenta como el día 30. Se cuentan el primer y el último día trabajados. Así, del 1 de enero al 31 de diciembre son 360 días y un semestre completo son 180.
- Cesantías e intereses: desde el 1 de enero del año en que termina el contrato (o desde el primer día, si empezaste ese año).
- Prima: desde el 1 de enero o el 1 de julio, según el semestre.
- Vacaciones e indemnización: todo el contrato.
En la liquidación te preguntamos cuántas vacaciones tomaste y no las sumamos hasta que respondes: dar por hecho que no tomaste ninguna inflaría mucho el total en contratos largos.
Qué salario usamos
- Base de cesantías, intereses y prima: salario + auxilio de transporte, si ganas hasta 2 salarios mínimos.
- Vacaciones e indemnización: solo el salario, sin auxilio de transporte.
- Salario integral (desde 13 salarios mínimos): sin cesantías, intereses ni prima.
- Indemnización: la tabla cambia desde 10 salarios mínimos del año del despido.
- Salario variable: la calculadora usa el salario que escribes. Si cambió en los últimos tres meses o es variable, te pedimos que escribas el promedio, como indica el art. 253 CST para las cesantías. Para la prima, lo habitual es el promedio del semestre: en ese caso, afínala con la calculadora de prima.
Cómo redondeamos
Cada concepto se redondea al peso más cercano y el total es la suma de los conceptos redondeados. Los intereses se calculan sobre las cesantías ya redondeadas, como se ven en el desglose, para que puedas repetir la cuenta.
Valores de cada año
Usamos el salario mínimo y el auxilio de transporte del año en que termina el contrato (o del año de la prima o de las cesantías). Cada enero, cuando se publica el decreto, actualizamos los valores en un solo archivo y se recalculan todas las calculadoras, los ejemplos y la plantilla de Excel. La última revisión fue el 4 de noviembre de 2026.
| Año | Salario mínimo | Auxilio de transporte | Decretos |
|---|---|---|---|
| 2026 | $1.750.905 | $249.095 | Decreto 1469 de 2025 y Decreto 1470 de 2025 |
| 2025 | $1.423.500 | $200.000 | Decreto 1572 de 2024 y Decreto 1573 de 2024 |
| 2024 | $1.300.000 | $162.000 | Decreto 2292 de 2023 y Decreto 2293 de 2023 |
Si calculas un año que todavía no tiene decreto, la calculadora usa el último disponible y te avisa.
Situación de los valores de 2026. El decreto del salario mínimo está demandado ante el Consejo de Estado, que lo suspendió de forma provisional en febrero de 2026 y levantó la suspensión en julio. El valor sigue vigente mientras llega la sentencia de fondo; el Decreto 159 de 2026, que lo sustituyó de forma transitoria con la misma cifra, quedó sin efectos. Si la sentencia cambia el valor, lo actualizaremos aquí y en todas las calculadoras. Fuente: Portafolio, 17 de julio de 2026.
Qué no incluyen las calculadoras
- Retención en la fuente. La calculadora de salario neto avisa de cuándo puede aplicar. La de liquidación tampoco descuenta salud y pensión del salario pendiente.
- Beneficios de tu contrato, de una convención colectiva o de un pacto colectivo.
- Licencias no remuneradas o suspensiones del contrato, que pueden restar días.
- Intereses de cesantías que ya cobraste cada mes, si lo pactaste por escrito: tienes que restarlos tú.
- Indemnizaciones especiales por fuero (embarazo, salud, sindical) ni la sanción por no pagar a tiempo (art. 65 CST), que decide un juez.
Cómo comprobamos las cuentas
Las calculadoras, los ejemplos de cada página y la plantilla de Excel usan las mismas fórmulas. Antes de publicar cualquier cambio, una batería de pruebas automáticas comprueba los ejemplos con cifras calculadas aparte: por ejemplo, que un año completo con el salario mínimo de 2026 y renuncia dé lo publicado.
Usamos inteligencia artificial para programar y redactar, y comprobamos el resultado con esas pruebas y con las fuentes que citamos.
Revisión legal
Está pendiente: ningún abogado ni contador ha revisado todavía Cuenta Justa. Por eso cada página cita y enlaza la norma, te indica cuándo conviene consultar a un profesional y presenta el resultado como una orientación.
Si encuentras un error
Escríbenos a [email protected] con el cálculo que hiciste y lo que esperabas. Revisamos cada aviso y, si hay un error, lo corregimos y actualizamos la fecha de la página.